Procedimiento guiado
Presentar el modelo 213 del gravamen especial sobre inmuebles de entidades no residentes
Te ayuda a autoliquidar el gravamen especial sobre bienes inmuebles de determinadas entidades no residentes mediante el modelo 213.
Qué vas a hacer
La ruta te acompaña desde las comprobaciones previas hasta autoliquidar el gravamen especial sobre bienes inmuebles de determinadas entidades no residentes mediante el modelo 213, mostrando qué preparar, dónde hacerlo y qué resultado oficial conviene conservar.
Cuándo usar este trámite
Úsalo si necesitas presentar el modelo 213 del gravamen especial sobre inmuebles de entidades no residentes y quieres confirmar antes que esta es la vía adecuada para tu caso.
Información aplicable desde el 26/08/2026
Trazabilidad de esta ficha
Esta ficha se apoya en 1 fuente oficial
Te mostramos esta trazabilidad para que sepas qué base hemos utilizado y qué dominios han sido contrastados explícitamente por administración; una importación por sí sola no convierte un dominio en comprobado.
Cobertura: 1 de 1 fuente constan verificadas · 0 de 1 dominio con confianza comprobada.
Comprobación registrada: Las fuentes constan verificadas en el catálogo, pero esta versión no registra una fecha individual de comprobación. Importar o republicar una ficha no cuenta como revisar de nuevo la fuente oficial.
Revisión de la ficha: Revisión administrativa registrada: 19/09/2026.
Calendario de revisión: Próxima revisión prevista: 27/02/2027.
Cómo se fecha: La importación del catálogo no genera por sí sola una fecha de comprobación. Sólo aparecerá cuando exista una revisión registrada expresamente.
Importante: Una fecha de comprobación sólo indica cuándo quedó registrada una revisión concreta; no garantiza que la fuente siga sin cambios. Antes de presentar o pagar, confirma el dato en el enlace oficial que te mostraremos en tu ruta.
Antes de enviar una solicitud o pagar una tasa, comprueba siempre la información vigente en la sede u organismo oficial enlazado desde tu ruta.
Preparamos una ruta para tu caso
No necesitas saber de antemano todos los requisitos ni reunir toda la documentación. Primero te haremos sólo las preguntas necesarias para comprobar tu caso; después verás qué debes cumplir, qué preparar, qué puede bloquear un paso y qué viene a continuación.
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